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Preguntas frecuentes
RIS Investigación
El Ministerio de Desarrollo Social y Familia toma las precauciones necesarias para que los datos a los que accedan las personas investigadoras sean indeterminados y que se sustraigan datos indeterminables, de manera de asegurar la efectiva protección a la privacidad de las personas que figuran en dicho registro. En este sentido, los datos no son entregados a las personas investigadoras, sino que ellas trabajan en una oficina del Ministerio, en un computador securitizado y aislado de la red, desde donde acceden a las bases de datos autorizadas y a los programas disponibles para tratarlas.
Para mayor detalle, se puede revisar la Política de Privacidad ministerial.
El acceso a los datos se efectúa a través de un computador aislado y securitizado, bajo los controles técnicos que para estos efectos disponga la Subsecretaría de Evaluación Social (SES). A ese computador se accede de manera presencial en las oficinas de la SES en Catedral 1575, Santiago.
Dicho acceso se habilita mediante la generación de credenciales personales y nombradas para cada una de las personas investigadoras que se determinen en el marco del convenio suscrito para cada estudio.
Para la realización de todos los estudios se cuenta solo con 12 computadores. Por tanto, los estudios harán uso compartido del equipamiento disponible, debiendo agendar el uso de los recursos.
Para mayor detalle se puede consultar en el Manual de procesos de acceso a datos del Registro de Información Social, RIS Investigación.
No se permite el acceso remoto a los datos para el desarrollo de la investigación.
Para los estudios que se deban realizar en regiones distintas de la Metropolitana, se evaluará la factibilidad de habilitar instalaciones en las Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
En el computador aislado seguro estarán disponibles los datos autorizados en el convenio de manera innominada. Además, dicho computador tendrá instaladas herramientas de procesamiento de datos, como Python y R, para la realización de análisis. Una vez que se obtengan resultados como tablas de resumen, estadísticas, gráficos, entre otros, la universidad podrá solicitar a la contraparte designada para estos efectos en el convenio, la verificación de que dichos resultados cumplen con ser indeterminados e indeterminables respecto de los datos personales. Tras dicha verificación, la contraparte de la Subsecretaría de Evaluación Social hará entrega de esos resultados a la contraparte de la universidad.
Para mayor detalle se puede consultar en el Manual de procesos de acceso a datos del Registro de Información Social, RIS Investigación.
Sí, es posible integrar bases de datos de levantamientos realizados como parte de otros estudios a los registros administrativos del RIS. En la presentación de la solicitud deberá señalarse esta necesidad y mostrarse la autorización para hacer uso de dichos datos en este contexto.
El Ministerio evaluará el tenor de los datos a incorporar con el fin de verificar que como Ministerio se cuenta con las atribuciones legales para hacer tratamiento de esos datos en el ámbito de sus funciones.
Adicionalmente, se debe tomar en consideración que en tales casos, la preparación de las bases de datos conllevará un tiempo de procesamiento mayor y podría conllevar la eliminación de parte de los datos que se quiera agregar si, por sí mismas o combinadas, se transforman en una llave única que potencialmente permita la reidentificación de personas u hogares específicos.
Esto debido a que se deben aplicar los algoritmos para hacer indeterminables e indeterminadas las bases de datos solicitadas y las bases de datos que deben ser integradas. Una vez terminada la investigación, las bases de datos provistas por los investigadores serán eliminadas.
No, en RIS Investigación solo pueden postular personas investigadoras chilenas o extranjeras con el apoyo de universidades chilenas acreditadas institucionalmente y en el área de investigación.
Una persona investigadora de una universidad extranjera sí podría hacer un convenio con una universidad chilena para postular a RIS Investigación. Para lo anterior, la persona investigadora chilena o extranjera que ejerza como jefatura del proyecto, deberá presentar la correspondiente Carta de solicitud firmada por el Rector de una universidad chilena acreditada institucionalmente y en el área de investigación, y el Certificado de Idoneidad emitido por el Comité de Ética o instancia que cumpla ese rol en la referida universidad chilena con la que postulará a RIS Investigación.